La Red de Profesionales de la salud por el derecho a decidir de Mar del Plata- Batán, manifestó una gran preocupación y disconformidad por una nota presentada desde la Secretaría de Salud de la Municipalidad de General Pueyrredón el día 5 de Octubre del 2021, firmada por la Dra Mónica Listosella (Jefa de División de Clínica Médica), Dra Verónica Palmisciano (Directora General de Salud), y por la Dra Carina Conde (Subsecretaría de Salud).

En la nota se plantea que los profesionales de la división no podrán realizar en sus horas moduladas o extraordinarias de consultorio o guardias, actividades relacionadas con IVE/ILE,  que los profesionales de otras Divisiones o Secretarías que cumplan función en las guardias tampoco están autorizados a hacerlo, y que los profesionales de la División que se consideren capacitados y deseen participar del programa podrán contactarse con los responsables del mismo y acordar sus servicios fuera del horario de trabajo de Clínica Médica.

“Consideramos que este tipo de decisiones va en contra de la efectiva implementación de la Ley N.º 27610, vulnerando los derechos de las personas que desean acceder a una interrupción voluntaria del embarazo y restringe la formación de nuevos equipos de atención en el municipio, sobrecargando los ya existentes”, denunciaron desde la Red de profesionales de la salud.

Por este motivo, señalaron que es ilegal que una jefatura prohíba a sus profesionales determinadas prácticas que competen a la profesión médica independientemente de su especialidad. Cabe aclarar que las y los profesionales de la División de Clínica Médica realizan guardias en Centros de Atención Primaria de la Salud de las cuales 5 cuentan con atención las 24 hs, en sitios mayormente alejados, por lo cual negarse a la atención de situaciones de aborto expone a las personas a riesgo de vida.

“Recordamos la incorporación en la Ley del Artículo 85 bis: Será reprimido o reprimida con prisión de tres (3) meses a un (1) año e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena, el funcionario público o la funcionaria pública o la autoridad del establecimiento de salud, profesional, efector o personal desalud que dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare, en contravención de la normativa vigente, a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados”, señalaron.