A fines de noviembre de 2022 el Concejo Deliberante, de manera ajustada, aprobó la ordenanza que regula las estructuras de los decks, los espacios gastronómicos al aire libre creados en el marco de “Comemos Afuera”. La norma establecía como fecha límite original el 30 de abril para que el sector pueda “adecuar sus instalaciones”. A través de un decreto, esa fecha se extendió hasta fines de octubre. Al mes le quedan horas, y una gran porción de empresarios gastronómicos aún no presentó el plan de obras correspondiente y/o no lo ejecutó. 

El espacio público hace tiempo que está en disputa en Mar del Plata. Uno de sus capítulos más intensos atravesó la pandemia por covid 19. Con el levantamiento progresivo de las restricciones sanitarias, los comercios gastronómicos optaron por instalar -imponer- decks al aire libre, para poder equiparar el lugar de mesas disponibles y el nivel de ingresos con el mundo prepandémico.

Aparecieron de todos tipos. Desde los más improvisados con materiales parcialmente idóneos para el exterior, hasta aquellos de mayor estructura, que en muchos casos tomaban una porción mayor de la calle, hechos con materiales y disposiciones que los hacía parecer un bar/restaurant/café aparte.

La intervención del orden estatal a través del Municipio fue la principal demanda de diversos sectores, principalmente impulsada por profesionales de la arquitectura, la construcción, el ambiente y la movilidad urbana. Cada vez más espacio público quedó cercado y dispuesto al usufructo de privados. Pagar para ocupar lo público. Las consecuencias están a la vista. Solo hace falta caminar por calle Belgrano, en el microcentro marplatense, por ejemplo.

Finalmente, el 29 de noviembre se votó y se aprobó la ordenanza 25.757. La norma dispone la creación del programa “Comemos Afuera” y establece los parámetros arquitectónicos obligatorios para que los comercios gastronómicos puedan mantener y utilizar sus decks.

Entre otras disposiciones, se regula que no podrán medir más de 2 metros de ancho, a excepción de aquellos que estén ubicados en calzadas por donde no circula el transporte público, que podrán extenderse hasta 2.50 metros. Respecto a la materialidad, en el artículo 8º se norma que “Las estructuras deberán ser de hierro estructural galvanizado o metalizado y exclusivamente de color negro, gris o blanco. Cualquier elemento vertical de otro material como maderas puede ser decorativo previo tratamiento para soportar condiciones climáticas en exteriores, pero no formar parte de la estructura portante del deck”.

Con el objetivo de proteger la seguridad vial, también en el texto se ordena que “las estructuras deberán tener desde el piso hasta la baranda, de forma vertical una calcomanía refractaria para la mejor visualización de los vehículos durante la noche”.

Ahora bien, el artículo 19º de la ordenanza 25.757 fija el 30 de abril de 2023 como fecha límite para “adecuar sus instalaciones de acuerdo con la presente Ordenanza, Anexo y Decreto reglamentario”. Sin embargo, el 18 de abril de este año, dos semanas antes del vencimiento, el Ejecutivo publicó el decreto 684/23, que en su artículo 7º publica: “Los decks preexistentes comprendidos por la convalidación de permisos del art. 19 de la Ordenanza 25.757, deben presentar un plan de readecuación que contenga la obra a realizar y los plazos para llevarla adelante, los que no podrán exceder los 180 días”.

Ese último plazo actualizado venció el 27 de octubre, el viernes pasado, y aún restan una gran fracción de locales gastronómicos por entregar, al menos, el famoso plan de readecuación.

Ante tal escenario, en el decreto anteriormente nombrado se estipula: “Vencido este plazo sin culminar la adecuación comprometida, será pasible de las sanciones y remociones a costa del contribuyente”. Sin mayores detalles sobre esas sanciones, resta esperar si se aplicarán y en qué consisten, si el Ejecutivo decide posponer la fecha nuevamente, o si la norma cae en un letargo, donde nada significativo sucederá donde no se puede caminar.