En las PASO y en las elecciones generales y un eventual balotaje, hay personas que están exentos a la obligación de votar. ¿Quiénes están excluidos del padrón electoral?

Si tenes más de 18 años, posees el derecho y el deber cívico de sufragar, sin embargo hay electores que no están obligados a hacerlo.

Desde la Dirección Nacional Electoral indican que el voto es universal, igual, secreto, libre y obligatorio, aunque aclaran que el ejercicio es también para quienes tienen 16 y 17 años y para los mayores de 70, aunque quienes tengan esas edades no serán incluidos en el Registro de Infractores al deber de votar en caso de no emitir el sufragio.

 

Qué justificativo hay para no votar

  • Los ciudadanos que no tienen obligación de votar, pero si lo desean pueden hacerlo, son los siguientes:

Jueces, juezas y auxiliares que el día de la elección estén afectados a los comicios.

  • Los ciudadanos que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.
  • Personal de organismos o empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En este caso, el empleador o su representante legal comunicará al Ministerio del Interior la nómina respectiva con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.
  • Quienes por razones de trabajo deban estar ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener por parte de sus empleadores una licencia especial que les permita concurrir a emitir su voto y, eventualmente, desempeñar funciones en el comicio, sin que ello implique una deducción del salario ni recarga horaria posterior.
  • Las personas que están enfermas o imposibilitadas por causas de fuerza mayor que les impide asistir al acto. Debe estar comprobado y ser justificado en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional. En su defecto, deberán ser revisados por médicos oficiales, provinciales o municipales. En última instancia, deberán ser observados por médicos particulares.