En un fallo muy duro, el juez federal Gustavo Lleral ordenó la destrucción de las escuchas telefónicas realizadas a los teléfonos de Sergio Maldonado -el hermano de Santiago- y a otras personas del entorno del tatuador, un dato que se conoció hoy con la sentencia.

Las escuchas habían sido ordenadas por el primer juez que tuvo la causa, Guido Otranto, el último día que el expediente estuvo en su despacho. El magistrado dispuso que la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (Dajudeco) interviniera los teléfonos de Sergio Maldonado, Ariel Garzi -un amigo del artesano que en ese momento estaba desaparecido- y la dirigente mapuche Claudina Pilquiman. En el escrito también figura el nombre de Marcela Anarda Stocovaz, alguien completamente desconocido por la querella hasta ahora y que sería una persona vinculada a la comunidad mapuche. Sus teléfonos fueron “pinchados” hasta que el 30 de septiembre Lleral puso fin a las escuchas.

Hoy el juez firmó un fallo en el que decretó “la nulidad absoluta” de esos audios “por resultar abiertamente inconstitucionales e inconvencionales”, así como de “todo el material obtenido a partir” de ellas.

Asimismo, dispuso “la destrucción de todos los registros y archivos documentales y/o magnetofónicos, escritos y/o auditivos, sus originales y copias, así como también todo registro existente en la Dirección de Captación de Comunicaciones del Poder Judicial, producidos u obtenidos a partir de las intervenciones telefónicas ordenadas a través de las resoluciones que aquí se anulan, todo ello una vez firme la presente resolución”.

Polémica

Desde aquel 30 de septiembre, las escuchas que se habían obtenido hasta ese día habían sido apartadas y reservadas. Pero la semana pasada trascendieron los contenidos de cinco audios de Ariel Garzi, en medio de una polémica sobre la filtración de intervenciones telefónicas legales, como las conversaciones entre la ex presidente Cristina Kirchner y el ex secretario de la Presidencia, Oscar Parrilli. Con el fallo de hoy quedó claro que Sergio Maldonado también había sido investigado.

El fallo

En ese escenario hoy se conoció el durísimo fallo de Lleral. “El magistrado antecesor ordenó una medida que, a mi juicio, afectaba indiscutiblemente el derecho a la intimidad de los ciudadanos destinatarios de ella, expresión indiscutible de la libertad de un individuo”, alegó el magistrado.

Aunque aclaró que la intervención telefónica es una herramienta legal, sostuvo que “la medida se concibe legalmente sólo a partir de la existencia de una investigación judicial penal, y destinada a la individualización de los eventuales autores y/o partícipes del hecho sobre el que se inquiere, así como a la determinación de los comportamientos supuestamente delictivos”.

“Si acaso el Juez Federal titular del Juzgado Federal de Esquel tenía conocimiento de que las personas, a quienes les intervino sus líneas telefónicas, sabían o poseían datos útiles para la búsqueda de Santiago Maldonado, debió haberlos convocado para escucharlos, al menos, como testigos”, insistió el magistrado.

En ese sentido, concluyó que la decisión de intervenir los teléfonos resulta “abiertamente reñida con los derechos fundamentales” por tres motivos:

– “Ninguna de las personas cuyas comunicaciones telefónicas fueron judicialmente intervenidas revestía el carácter de imputada o sospechosa”.

– “El proceso constitucional de hábeas corpus es abiertamente incompatible con la violación de los derechos fundamentales de testigos y, sobre todo, del hermano de la víctima del supuesto hecho aquí denunciado”.

– “No era el último recurso disponible”.

Infobae