Marcelo Luis Orte fue hallado autor del delito de homicidio calificado por el vínculo, mediando circunstancias extraordinarias de atenuación, en grado de tentativa.

El acuerdo entre la fiscalía y la defensa del ingeniero Orte fue presentado en el Tribunal Oral en lo Criminal 4 y fue validado por el Juez Alfredo Deleonardis quien sostuvo que el ataque se dio en una relación desigual de poder que “hunde sus raíces en un contexto de dominio, de poder, de discriminación del sexo femenino”.

El magistrado consideró admisible y procedente el acuerdo presentado que fue ratificado por el imputado más allá de las modificaciones introducidas en el mismo. Deleonardis consideró que “la voluntad del imputado no se hallaba viciada al momento de aceptar el acuerdo” y dio plenamente por probada las circunstancias en que se dio el ataque y la responsabilidad de Orte.

El 16 de julio de 2018 María Andrea Rainolter subió por uno de los ascensores del edificio ubicado en 20 de Septiembre al 1700 con Orte, quien era su pareja en ese momento. Al bajar en el cuarto piso la mujer de 51 años vio que la otra puerta estaba abierta cuando el imputado la tomó por la espalda e intentó tirarla por el hueco.

La víctima logró reingresar al ascensor en el que habían subido cuando Orte la atacó con un cuchillo de hoja larga y la apuñaló en el cuello hasta que fue reducido por dos vecinos que se trenzaron en lucha y junto a la policía que llegó al lugar lo redujeron.

En su declaración ante el fiscal Fernando Castro la mujer recordó que el docente universitario solamente le decía “me vas a dejar, me vas a dejar” cuando forcejeaba para tirarla por el hueco del ascensor. En esa ocasión recordó que cuando pudo meterse en el otro ascensor el agresor sacó un cuchillo que ocultaba y la apuñaló hasta que la rescataron unos vecinos.

Tres días antes del ataque el agresor le había dicho a la mujer que iba a terminar la relación y la citó en el departamento para charlar algunas cuestiones pendientes. La propia víctima narró que luego de cuatro años de relación el imputado estaba muy celoso y “fantaseaba con que podía ser engañado”. El hombre comenzó a espiarla, a reprocharle actitudes, que usara la computadora o interrogarla sobre con quién chateaba antes de admitir que “estaba enfermo de celos” y anunciar –supuestamente- su deseo de terminar la vida en común que llevaban.

De conformidad con las conclusiones del veredicto y lo consensuado por las partes se declaró a Marcelo Luis Orte autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el vínculo, mediando circunstancias extraordinarias de atenuación, en grado de tentativa y se lo condenó a seis años de prisión, accesorias legales y costas.

Fuente: 0223