La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) solicitó a la jueza de garantías Fabiana San Román que ordene la reautopsia sobre el cuerpo de Daiana Abregú, la joven que murió en un calabozo de la comisaría de Laprida. La autopsia ordenada por el fiscal Cristian Urlezaga se realizó sin aplicar el protocolo de Minnesota y por lo tanto sin respetar los estándares internacionales mínimos de investigación en casos de muerte bajo custodia estatal, tampoco se realizaron radiografías ni fotografías completas ni filmaciones conforme lo establecen los protocolos vigentes, además no se completaron extracciones de piel que podrían dilucidar el origen de algunas lesiones que pueden observarse. A pesar de esto y de otras pruebas en el expediente que obligan a profundizar la hipótesis del homicidio, el nuevo fiscal de la causa Juan Ignacio Calonje rechazó el pedido de reautopsia. En calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, la CPM que interviene como particular damnificado institucional en la causa, denunció estas irregularidades y reclamó a la justicia que se realice una investigación adecuada, eficaz y rápida para conocer la verdad de lo ocurrido.

En la madrugada del pasado 5 de junio, Daiana Abregú fue detenida por una contravención menor de “alteración del orden público” y alojada en los calabozos de la comisaría de Laprida. Horas más tarde, estando bajo custodia estatal, la encontraron muerta en la celda con signos de ahorcamiento.

Un día después de la muerte, el titular de la UFI 7 de Olavarría, Cristian Urlezaga, ordenó la autopsia sobre el cuerpo de la joven sin controlar que se respeten los estándares mínimos, establecidos por la normativa internacional y la Constitución Nacional, con los que se debe realizar esta prueba. La causa penal quedó luego a cargo del fiscal Juan Ignacio Calonje de la Fiscalía especializada en violencia institucional del Departamento Judicial de Azul. A pesar de tratarse de una muerte en contexto de encierro, y de ser titular de una unidad teóricamente especializada en este tipo de delitos, Calonje siguió defendiendo la autopsia ordenada por el primer fiscal.

En particular, la CPM señaló que la autopsia del 6 de junio se realizó sin aplicar el protocolo de Minnesota, una resolución que resulta inaceptable en el marco de las disposiciones que emanan de la normativa vigente. Se trata, por lo tanto, de un examen incompleto, ya que no fue efectuado con las previsiones y perspectivas de una investigación sobre una muerte violenta ocurrida en contexto de encierro y bajo custodia estatal.

En el escrito, la CPM señala una serie de falencias del examen de autopsia: el faltante de radiografías, la ausencia de análisis para determinar si algunas marcas o heridas en el cuello de la joven fueron generadas con anterioridad o son posteriores a su muerte, el carácter limitado del registro fotográfico y fílmico. Por último, también se remarca la falta de especialidad de la médica que realizó la autopsia; si bien está habilitada para realizar este tipo de exámenes, el protocolo Minesotta obliga en estos casos que se constituya un equipo apto, con distintas especialidades para el análisis científico.

A pesar de todas estas falencias, el fiscal Calonje rechazó el pedido de reautopsia y defendió la primera autopsia bajo el argumento de que había sido realizada en la Asesoría Pericial de la Corte Bonaerense y que la médica autopsiante no pertenece a la fuerza de seguridad implicada en el hecho. Ninguno de los dos hechos alcanza, por sí solos, para que sean respetados los principios establecidos por el protocolo.

Más grave aún, al momento de rechazar el pedido formulado por la CPM, el fiscal desconoce que en el expediente judicial hay nuevos testimonios y medidas de prueba que vincularían a funcionarios policiales en la muerte de la joven y que obligan a profundizar la hipótesis del homicidio.

Ante la negativa del fiscal, la CPM le solicitó a la jueza de garantías de Azul Fabiana San Román que ordene con carácter urgente la realización de una nueva autopsia, respetando los estándares internacionales para este tipo de casos y con la participación de todas las partes.

“Aplazar la realización de la misma puede devenir en un acto irreproducible, debido a que el paso del tiempo atenta contra la conservación del cuerpo de la víctima y las posibilidades reales de encontrar en su análisis respuestas a lo sucedido”, se advierte en el escrito.

Sobre la urgencia de esta medida, la CPM también expresó la preocupación por las condiciones endebles de preservación en que se encuentra el cuerpo de la joven: un depósito del cementerio municipal sin ser preservado en cámara de refrigeración. Al mismo tiempo se le requiere a la familia una urgente sepultura por falta de espacio para mantenerlo allí.

En los últimos 10 años, 187 personas murieron en comisarias bonaerenses. En el 35 % de los casos se desconoce la causa de la muerte por los déficits en las investigaciones y la escasa decisión judicial de descubrir la verdad. El 2021 registraron 25 casos, el número mas alto de la década. Por eso es indispensable una investigación exhaustiva, eficaz y adecuada de estas muertes, ocurridas bajo cuidado de agentes estatales en establecimientos públicos. Y para eso es indispensable hacerlo con los medios de prueba conducentes para tal fin.

“[…] resulta ostensible el perjuicio irreparable que produce la no reproducción de la práctica en tiempo oportuno y bajo los cánones del mencionado Protocolo. De negarlo, se estará obstruyendo la posibilidad de nutrir, mejorar y profundizar un elemento de prueba fundamental para la búsqueda de la verdad, atento que nos encontramos ante un caso de muerte en custodia”, concluye la presentación de la CPM.