La Unión del Comercio, la Industria, la Producción (UCIP) de Mar del Plata y el Sindicato de Empleados de Comercio rubricaron un acuerdo donde resolvieron trasladar el día de los mercantiles, que naturalmente es el 26 de septiembre, al lunes 24.
El motivo del corrimiento, como ha sucedido en años anteriores, es la de no condicionar las ventas de los comerciantes y más este año de retracción comercial.
Según la Ley 26541 “se establece como descanso para los empleados de comercio, el día 26 de septiembre de cada año, en que se conmemora el Día del Empleado de Comercio. En dicho día los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales.”
Por lo tanto, los propietarios no están obligados a cerrar los establecimientos, así como no es obligatorio para el trabajador prestar servicios.
Aquellos empleados que decidan de común acuerdo con el empleador desempeñar sus tareas normalmente ese día se les deberán liquidar un jornal adicional equivalente a lo que corresponde a un día feriado trabajado