Todos los contribuyentes de la Tasa de Servicios Urbanos cuyas propiedades pertenecen a la categoría de menor valuación fiscal dejaron de estar eximidos del pago de la Contribución para la Salud Pública y el Desarrollo Infantil.

Con la implementación de la nueva ordenanza impositiva sancionada en el mes de abril, la Municipalidad dispuso que desde este año todos los vecinos cuyos inmuebles forman parte de la “categoría 1” empiecen a abonar este tributo, el cual fue creado en 2009 con el objetivo de reforzar el financiamiento de los servicios de atención primaria que brinda la comuna.

La medida, que hasta ahora había pasado prácticamente desapercibida, comenzó a hacerse evidente a partir de este mes cuando los contribuyentes comenzaron a recibir en sus domicilios la última emisión de boletas de la TSU.

De este modo, además de constatar que los valores de la tasa sufrieron fuertes aumentos, en algunos casos superiores al 1000%, los vecinos de la categoría 1 comenzaron a detectar la presencia de un nuevo ítem que nunca antes habían estado obligados a pagar.

Ese nuevo concepto es la Contribución para la Salud Pública y el Desarrollo Infantil, la cual había sido creada con una pauta “progresiva” por la cual se había acordado que no sería aplicada sobre los inmuebles de las valuaciones más bajas.

No obstante en el último proyecto de la ordenanza impositiva que el Ejecutivo remitió al Concejo Deliberante, el secretario de Economía y Hacienda, Hernán Mourelle, según informó lacapitalmdp, resolvió dejar sin efecto ese criterio, estableciendo que a partir de este año la contribución sea de pago obligatorio para todos los contribuyentes, sin excepción.

La medida, que fue aprobada en el Concejo Deliberante por el interbloque de Cambiemos sin que hubiera objeciones, afecta a unos 80 mil contribuyentes incluidos dentro de la categoría 1, entre los cuales prevalecen los titulares de baldíos y de viviendas ubicadas en la zona periférica, además de cocheras y bauleras.

Cuando la contribución fue creada en el año 2009, se lo hizo en el marco de un acuerdo político por el cual se estableció que el aporte no sería exigible sobre esta clase de cuentas.

Si bien los inmuebles de la categoría 1 nunca estuvieron formalmente eximidos o exentos de realizar el aporte, esa consigna siempre fue respetada hasta este año. Al establecer la obligatoriedad de su pago, en la ordenanza sancionada por el Concejo se estableció que durante este ejercicio los inmuebles de menor valuación fiscal realizarán un aporte de 10 pesos mensuales en concepto de Contribución para la Salud, adicionales a la TSU.

Si bien el monto parece menor, lo cierto es que la medida fue impuesta junto a una fuerte suba en el valor de la tasa, que resultó especialmente alto entre este tipo de inmuebles, para los cuales se están verificando aumentos que hasta superan el 1000%.

La medida nunca fue comunicada oficialmente por la comuna, que esta semana, se vio obligada a salir a explicarles a los vecinos de qué manera deben pagar los aumentos de la TSU debido a la gran confusión generada por la forma en la que se realizó la última emisión, la cual estuvo acompañada por un confuso texto instructivo.

De hecho, en las pocas entrevistas concedidas por el titular de la Agencia de Recaudación Municipal, Mariano Correa, el funcionario ni siquiera se ocupó de darles a conocer a los contribuyentes de la categoría 1 que desde este año deberán empezar a pagar la contribución para la salud.

Tampoco precisó que, al igual que sucedió con la TSU, ese aporte también registró variaciones y que en el caso de quienes hayan recibido aumentos deberán pagar, adicionalmente a las cuotas de cada mes, ajustes retroactivos.