El titular de la Fiscalía Federal N°2 de Mar del Plata, Nicolás Czizik, requirió la elevación a juicio de dos investigaciones seguidas contra una familia que explotaba a personas en dos campos de Batán.
Las víctimas ascienden a ochenta –entre las que se cuentan cuatro menores de edad- y eran traídas desde Bolivia y el norte argentino para ser alojadas en viviendas precarias, sin servicios básicos, a cambio de un sueldo magro o inexistente.
La primera investigación comenzó en diciembre de 2013, a raíz de la denuncia del secretario de Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro, luego de que una niña oriunda de esa provincia -cuya fotografía estaba publicada en el portal del Registro de Personas Menores Extraviadas de la Nación- fue reconocida por un efectivo del destacamento de Bomberos de Batán, cuando era atendida en la sala de primeros auxilios. Al ser consultada, la menor dijo estar viviendo en una quinta ubicada sobre la Ruta N°88.
La segunda causa se inició por una denuncia de la Fundación Alameda -que actúa como querellante-, a la que fue agregada otra presentación sobre el mismo lugar, realizado por la entonces delegada regional del Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA).
En noviembre de 2014, el juez federal de Mar del Plata, Santiago Inchausti ordenó el allanamiento de un predio de 15 hectáreas ubicado en el kilómetro 5,5 de la Ruta N°88, donde se constató la presencia de había 42 personas –entre ellas dos adolescentes menores de 18 años- que eran explotadas laboralmente. Se dictó el procesamiento del padre y el hijo de la familia imputada.
Un año después –y dado que el accionar delictivo no había mermado- se dispuso el allanamiento del otro emprendimiento agrícola, ubicado a pocos kilómetros del primero, verificándose la presencia de 41 personas –entre las que había otros dos menores de edad- en situación de trata, por lo que la hija y otro hombre que actuaba como responsable del campo, resultaron procesados como partícipes necesarios del delito de trata de personas con fines de explotación laboral.
Los procesamientos dictados a finales del 2014 y principios de 2016, fueron apelados por la defensa de los imputados. Sin embargo, a través de los recursos de casación interpuestos por los representantes del Ministerio Público Fiscal con intervención de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), la Cámara Federal de Casación Penal entendió que estaba en debate el delito de trata de personas, por lo que anuló la decisión de la Cámara Federal y sugirió el debate oral y público con premura.
Los trabajadores vivían en los mismos predios donde desarrollaban su labor “en condiciones inhumanas o indignas de vivienda”, en casillas precarias y de espacio reducido de madera, con techo de chapa, sin calefacción ni baño privado –que en alguno de los casos se encontraba fuera de las casas- el cual era compartido entre quince personas y carecía de agua caliente. Tampoco tenían acceso a agua potable, gas ni estaban garantizadas las condiciones mínimas de higiene.
En tal sentido, el representante del Ministerio Público Fiscal reparó en que las características de habitabilidad de las viviendas era conocida por los imputados ya que, a partir de la obligación impuesta por el magistrado se adoptaron medidas tendientes a acondicionarlas, lo que generó numerosos costos. Las “mejoras” realizadas, se condicen con las prestaciones mínimas que debe tener una vivienda para ser digna: puertas, ventanas, instalaciones eléctricas seguras, techos reparados, agua caliente, inodoros en baños, entre otras cuestiones.
Durante los allanamientos en los predios también se encontraron “trabajadores golondrina” -aquellos que desempeñan labores de manera informal, en las mismas condiciones de precariedad, pero por un período de tiempo concreto en la temporada de cosecha- a quienes se les pagaba $3.500 mensuales, durante periodos de seis meses aproximadamente; pero si querían regresar a sus lugares de origen antes de lo pactado, se quedaban sin ninguna remuneración por lo trabajado, según informó el portal ahoramardelplata.
De las declaraciones de las víctimas también surge que el “dueño” o “patrón” del lugar, les retenía sumas de dinero para “protección o resguardo de hechos de inseguridad”.