Un informe del Observatorio de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del organismo, realizado en base a datos oficiales, alerta sobre las consecuencias de la brecha de ingresos. Mientras la explotación laboral infantil está impactando con mayor crudeza en las niñas y adolescentes que se ven obligadas a trabajar en el ámbito rural, el 18,5% de las mujeres de la Argentina no percibe ningún ingreso. A su vez, los mayores índices de desempleo se registran en las jóvenes de hasta 29 años.

“Si bien en la Argentina se han logrado importantes avances respecto a la aprobación de leyes a favor de la igualdad de género, en lo que se refiere al derecho que les asiste a las mujeres a tener igual salario que los hombres por el mismo trabajo, queda un largo camino por recorrer. Es más, por esta situación, han sido recurrentes las observaciones al Estado argentino de distintos organismos internacionales como el Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer”, destacó Guido Lorenzino Defensor del Pueblo de laProvincia de Buenos Aires.

El informe del Observatorio, que se encuentra a cargo del Defensor del Pueblo Adjunto, Walter Martello, alertó que en la Argentina las brechas de ingresos laborales entre mujeres y varones adultos comienzan en la niñez y se profundizan en la adolescencia. En ese sentido, mientras que las niñas que sufren el trabajo infantil – en ámbitos urbanos como rurales – ganan 22% menos que sus pares varones, entre las adolescentes la brecha salarial se intensifica.

Ante esta situación, desde la Defensoría del Pueblo bonaerense se propone una serie de reformas legislativas que contemplen:

· Hacer operativo el sistema de control de las disparidades de género en materia salarial y laboral a través de la base de datos de ANSES.

· La ANSES, de forma automática, debe difundir la media salarial de cada empresa para ocupación. En el caso de que existieran desvíos entre los géneros de igual ocupación, sin contar la antigüedad o adicionales como títulos u otros, intimará a la empresa a una inmediata corrección del salario de las trabajadoras perjudicadas.

· Los empleadores alcanzados por el deber de informar podrán obtener un Certificado de Igualdad de Género cuando acrediten progresos en materia de equidad laboral, especialmente progresos referidos a reducción de la brecha salarial.

· Construcción y difusión de estadísticas laborales oficiales con perspectiva de género, mediante las que se puedan anticipar futuras demandas del mercado.

· Modificar la ley de Régimen de Asignaciones Familiares para incorporar una asignación de cuidado, similar al derecho interno de los principales países del mundo bajo la modalidad de seguros de cuidado en el caso de Alemania y la ley de “Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia en España”.

· Tener como prioridad, a la hora de realizar contrataciones o cubrir vacantes dentro del Estado bonaerense, a aquellas mujeres responsables de la manutención de la familia y/o que han sido o sean víctimas de violencia de género